La Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal 15/1999 (LOPD) recoge una serie de obligaciones para todas las personas jurídicas que contengan ficheros con datos personales tanto en soporte papel como informatizados. Este reglamento marca una serie de límites en la utilización y tratamiento de datos personales que incluye a todas las empresas, ya sean de naturaleza privada o pública.
“La Ley Orgánica de Protección de Datos tiene por objeto garantizar y proteger en lo concerniente al tratamiento de los datos personales, libertades públicas y derechos fundamentales de las personas físicas, haciendo especial alusión al honor e intimidad personal y familiar”.
Todas las empresas que gestionen datos personales deben adaptarse a la legislación vigente, como nos señalan desde Aemol Consulting, expertos en LOPD y Compliance “surge de la necesidad de regular la protección de datos de carácter personal y salvaguardar la intimidad para que no sean utilizados de forma inadecuada o cedidos para uso indebido sin consentimiento del titular”.
En post de la aplicación legislativa las empresas deberán conjugar por un lado los derechos de los ciudadanos sobre el uso, tratamiento y destino de sus datos y, por otra, las medidas de tipo organizativas y técnicas que deben establecer las organizaciones para garantizar la seguridad de la información.